Duplicidad de Beneficios

La Ley indica que no deberá ocurrir duplicidad de beneficios. No se pagarán beneficios por incapacidad con respecto a cualquier semana durante la cual el trabajador asegurado reciba cualquier otro tipo de beneficio, por ejemplo: Desempleo, Fondo del Seguro del Estado, Licencias pagadas por el patrono (Vacaciones, Enfermedad..etc.).

¿Cuándo comienzan los beneficios?

El beneficio de SINOT tiene un período de espera de 7 días. El pago de beneficio comenzará el octavo día de incapacidad, a menos que el trabajador (reclamante) sea hospitalizado en los primeros siete días por recomendación médica o de un tribunal. En este caso se comienza a compensar desde el primer día de hospitalización.

¿Qué requisitos debe cumplir un trabajador para ser elegible?

  • Estar incapacitado para trabajar debido a enfermedad o lesión que no esté relacionada con el empleo ni con un accidente de automóvil.
  • Estar en tratamiento con un médico o quiropráctico debidamente autorizado.
  • Haber recibido salarios de por lo menos $150 en un empleo asegurado durante su año básico.