Incapacidad (Póliza de cáncer)

Significa la inhabilidad del asegurado para realizar los deberes importantes de su ocupación a causa de algún tipo de cáncer o de alguna de las enfermedades temidas, según definidas en la póliza, siempre y cuando dicha incapacidad conlleve la pérdida de salarios y no estar empleado en ocupación remunerada de clase alguna. No se considerará que el asegurado ha sufrido pérdida de salarios si éste tiene derecho a recibir salarios por concepto de vacaciones y/o licencia por enfermedad. Si está recibiendo beneficios del Fondo del Seguro del Estado, el beneficio mensual pagadero será limitado a un máximo de doscientos cincuenta dólares o la mitad del beneficio mensual adquirido, lo que sea menor. Durante cualquier período de incapacidad, el asegurado deberá estar bajo la atención regular de un médico autorizado.

Información Importante para nuestros asegurados

Por motivo de nuestra reunión anual de empleados, algunas de nuestras oficinas de Triple S Vida tendrán horarios especiales. Queremos informarte sobre los siguientes cambios:


Lunes 16 de febrero:

  • El Centro de Llamadas ofrecerá servicio en el horario de 8:00 a.m. - 1:00 p.m.
  • Las siguientes oficinas estarán cerradas: Oficina Central, Ponce, Yauco, San Germán, Mayagüez, San Sebastián, Isabela y Arecibo.

Martes 17 de febrero:

  • Las siguientes oficinas estarán cerradas: San Juan, Manatí, Barranquitas, Vega Alta, Bayamón, Caguas, Coamo, Juana Díaz, Carolina, San Lorenzo, Guayama, Patillas, Canóvanas, Humacao, Gurabo y Fajardo.