¿Quién es elegible para abrir una cuenta IRA?
Cualquier individuo menor de setenta y cinco años (75) que reciba «compensación», esto es, jornales, salarios, honorarios profesionales, ingresos de ocupaciones, comisiones de vendedores, propinas o ingresos de empleo por cuenta propia de fuentes dentro de Puerto Rico y que sea un residente del Estado Libre Asociado de Puerto Rico. Compensación no incluye intereses, dividendos, rentas, regalías, ingreso por pensión alimenticia o ganancias de capital u otros ingresos que no provengan de empleo. (No hay límite de edad para aportar en IRAS No Deducibles)