Este beneficio ofrece protección al empleado mediante el reemplazo de un por ciento del salario al ocurrir un evento que lo incapacite a largo plazo. Complementa, el Seguro por Incapacidad No Ocupacional Temporal (SINOT), el Seguro por Incapacidad a Corto Plazo, el Seguro Choferil y la póliza del Fondo del Seguro del Estado.

El patrono podrá seleccionar la fórmula bajo la cual quedarían protegidos sus empleados en caso de incapacitarse a largo plazo, como son:

  • El por ciento del salario a cubrirse
  • El tiempo que tiene que esperar el empleado para ser elegible
  • El tiempo máximo por el que se pagarán los beneficios
  • La coordinación de los beneficios a pagar con otros posibles beneficios a los que el empleado tiene derecho

Ventajas para el patrono

  • Reclutar y retener el mejor recurso humano
  • Relevo de la responsabilidad social de pagar salarios a un empleado incapacitado
  • Permite que el empleado se reintegre a su trabajo, a tiempo parcial, y continúe recibiendo beneficios
  • Tarifas atractivas
  • La aportación patronal a este beneficio es deducible como gasto operacional

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Hemos pagado en reclamaciones durante noviembre de 2024: $5,910,960.31.

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Personas que hemos ayudado en su batalla contra el cáncer: 183,641.

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