El beneficiario designado lo puedes cambiar en cualquier momento durante la duración de tu póliza. De hecho, es recomendable que se verifique esta designación para actualizarla periódicamente. Debes completar el formulario POS-0394-50 (R-0913) y entregarlo en cualquiera de nuestras oficinas de distrito, en la Oficina Central o Centros de Servicio. También lo puedes enviar por correo a nuestro apartado postal.
Categoría: FAQ
¿A quién me dirijo para establecer la reclamación por muerte (cubierta básica) y cuáles son los documentos necesarios?
El beneficiario debe informarnos a la brevedad posible del deceso de su familiar, llenar el formulario de reclamación y acompañarlo con los siguientes documentos (en el caso de una póliza Cubierta Básica):
- Designación de Beneficiario
- Notificación de Reclamación / Prueba de Deceso
- Certificado de Defunción (Original)
- Certificado de Nacimiento (Asegurado y Beneficiario)
- Certificado de Matrimonio Actualizado (según sea requerido)
- Información Médica
Nosotros nos haremos cargo de los procesos subsiguientes. Dependiendo de las circunstancias de la reclamación podríamos solicitar información o documentos adicionales.
¿Paga la aseguradora al banco o al beneficiario cuando la póliza se estableció para cubrir una hipoteca?
Si el asegurado cedió el beneficio a la institución hipotecaria, Triple-S Vida solicitará al banco una certificación de deuda y pagará a la institución el balance adeudado hasta el máximo del monto del seguro. Si luego de esto queda algún sobrante del beneficio de la póliza, la aseguradora lo pagará directamente según la última designación de beneficiario.
¿Puede un individuo abrir una IRA aunque tenga un plan de retiro o pensión, ya sea privado, gubernamental o el Seguro Social?
Sí, puede siempre y cuando el total de las aportaciones combinadas entre los planes no exceda de:
Año contributivo | Cantidad |
2010 | $9,000 |
2011 | $10,000 |
2012 | $13,000 |
2013 | $15,000 |
Con la nueva Reforma Contributiva para el año contributivo 2011 no existe un límite combinado de planes de retiro y cuentas IRA. El cliente puede aportar el máximo incluido bajo a su plan de retiro (antes de contribuciones) y aportar también $5,000 (máximo) a la cuenta IRA por individuo.
¿Qué es un beneficiario primario?
Es la persona que el asegurado elige para que reciba los beneficios de su seguro de vida. Si se designa a más de un beneficiario primario, se debe indicar el porcentaje de beneficio que se le debe pagar a cada uno de os beneficiarios primarios. Estos porcentajes deben sumar 100%. Si alguno de los beneficiarios primarios ya no califica para serlo o fallece antes de que el asegurado, el porcentaje de beneficio que le corresponda se pagará a los beneficiarios primarios restantes. Se recomienda que periódicamente se haga revisión del documento de designación de beneficios para mantener actualizada la información relacionada a los beneficiarios.
¿Tengo que comenzar a retirar mi dinero de la cuenta IRA a una edad particular?
Sí. Por ley se requiere que comience a retirar sus fondos no más tarde del año natural en que cumple los setenta y cinco (75) años de edad. No existe una edad obligatoria para comenzar a distribuir los fondos de una IRA No Deducible (Popular Roth IRA).
Me retiré y no quisiera retirar los fondos del plan de retiro de la compañía. ¿Puedo transferir estos fondos a una cuenta IRA?
Sí, siempre y cuando el plan de retiro de la compañía sea uno cualificado por Hacienda. La ley le permite transferir estos fondos a una cuenta IRA mediante una transferencia directamente del fiduciario que maneja el plan de retiro de su compañía, al fiduciario que maneja la cuenta IRA a la cual va a transferir los fondos (rollover). También, puede recibir la distribución y aportarla a una cuenta IRA dentro de sesenta (60) días después de haberse recibido dicho pago o distribución.
¿Qué pasa con la cuenta IRA si yo muero?
La cuenta IRA de un cliente fallecido se considera parte de su caudal relicto y pertenece desde su fallecimiento a sus herederos.
Para retirar los fondos por fallecimiento, los documentos requeridos son:
- Acta de Defunción;
- Certificado de Nacimiento Dueño;
- Certificado de Nacimiento Beneficiario(s);
- ID Con Foto y Firma Beneficiarios;
- Formulario de Reclamación;
- Aceptación de Reclamación;
- Cancelación de Gravamen o Planilla Corta de Caudal Relicto
Cuando era residente de Puerto Rico abrí una cuenta IRA. Ahora soy residente de los Estados Unidos y recibí una distribución de mi cuenta IRA de Puerto Rico. ¿Debo tributar este ingreso en Puerto Rico?
Si usted recibe ingresos por concepto de cuentas IRA establecidas en Puerto Rico, aunque ya no sea residente de Puerto Rico, este ingreso es tributable en Puerto Rico. Para los Estados Unidos, le sugerimos que consulte su asesor contributivo para evaluar su situación en específico.
¿Se pagan contribuciones sobre los intereses generados en una cuenta IRA?
Dependiendo de la cuenta IRA que escoja, los intereses generados pueden ser tributables o exentos. Sin embargo, pagará contribuciones sobre los fondos invertidos en cuentas IRA y los intereses generados que sean tributables sólo en el año en que retire el dinero y sólo con respecto a la cantidad que retire.