Este beneficio ofrece protección al empleado mediante el reemplazo de un por ciento del salario al ocurrir un evento que lo incapacite a largo plazo. Complementa, el Seguro por Incapacidad No Ocupacional Temporal (SINOT), el Seguro por Incapacidad a Corto Plazo, el Seguro Choferil y la póliza del Fondo del Seguro del Estado.
El patrono podrá seleccionar la fórmula bajo la cual quedarían protegidos sus empleados en caso de incapacitarse a largo plazo, como son:
- El por ciento del salario a cubrirse
- El tiempo que tiene que esperar el empleado para ser elegible
- El tiempo máximo por el que se pagarán los beneficios
- La coordinación de los beneficios a pagar con otros posibles beneficios a los que el empleado tiene derecho
Ventajas para el patrono
- Reclutar y retener el mejor recurso humano
- Relevo de la responsabilidad social de pagar salarios a un empleado incapacitado
- Permite que el empleado se reintegre a su trabajo, a tiempo parcial, y continúe recibiendo beneficios
- Tarifas atractivas
- La aportación patronal a este beneficio es deducible como gasto operacional